" Municipio de La Lima Departamento de Cortés: Históricamente esta zona ha jugado un papel muy importante para la ecónoma del país, por concentrar la mayor producción bananera de Honduras, habiendo ubicado al país, hace algunos años como el segundo mayor productor de bananos a nivel mundial, de allí que se le conoce como la ciudad del 'Oro Verde'. Más de la mitad de los campos de la Lima, producen banano, fundamentalmente de la compañía americana 'Tela Railroad Company', subsidiaria de la 'Chiquita Banana'"
Históricamente, esta zona ha jugado un papel muy importante para el tesorero del país, ya que concentra la mayor producción bananera de Honduras, habiendo colocado al país, hace unos años, en el segundo lugar entre los productores de banano a nivel mundial, de ahí su nombre "Oro Verde". Más de la mitad de los campos de Lima producen banano, principalmente de la compañía norteamericana " Tela Railroad Company", una subsidiaria de "Chiquita Banana".
Altitud | 33 msnm |
Superficie, Tierra firme | 116 km² |
Urbana | 42.5 km² |
Históricamente, esta zona ha jugado un papel muy importante para el tesorero del país, ya que concentra la mayor producción bananera de Honduras, habiendo colocado al país, hace unos años, en el segundo lugar entre los productores de banano a nivel mundial, de ahí su nombre "Oro Verde". Más de la mitad de los campos de Lima producen banano, principalmente de la compañía norteamericana " 🚈 Tela Railroad Company", una subsidiaria de "Chiquita Banana". La Lima fue quizás fundada en 1871, siendo los primeros pobladores Francisco Aguiluz y Salomé Cruz.
Fue un pueblo del municipio de San Manuel, el 29 de mayo de 1923 se anexiona al municipio de San Pedro Sula. El Decreto No. 75 del 12 de febrero de 1954 otorga a La Lima, Cortés, el estatus de Villa. El municipio fue creado el 13 de noviembre de 1981, de la siguiente manera:
"CONVENCIÓN No. 1073--A. Tegucigalpa, D.C., 13 de noviembre de 1981.
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA.
VISTA: Resolver la solicitud presentada por varios vecinos de la ciudad de La Lima, Departamento de Cortés, contratados para solicitar su elevación a la categoría de Municipio de dicha ciudad.
RESULTADOS: Que el 6 de julio de este año, el Gobernador Político del Departamento de Cortés fue enviado a audiencia.
RESULTADOS: El mismo día, el Alcalde de San Pedro Sula, Condado de Cortés, fue enviado a escuchar el caso.
RESULTADO: Que, en la misma fecha, se hizo una comunicación a la Subdivisión de Censos y Estadísticas, la agencia que entonces evacuó la información requerida.
POR CUANTO: El artículo 3 de la Ley de Municipalidades y Régimen Político exige una población que será la capital municipal con al menos mil habitantes, un territorio proporcional a la población del municipio y recursos suficientes para mantenerla.
CONSIDERANDO: Que bajo la sección 2 de la Ley de Municipalidades y Régimen Político, el poder ejecutivo es responsable de la creación, supresión, anexión y división de los municipios.
POR CUANTO: La ciudad de La Lima cumple con todos los requisitos legales.
A ESTAS CAUSAS, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, EN EL USO DE LAS INSTALACIONES DE LAS QUE ESTÁ INVERTIDO, Y EN LA APLICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 2 y 3. LA LEY DE MUNICIPIOS Y EL SISTEMA POLÍTICO.
1. Crear el Municipio de La Lima, antes perteneciente al Municipio de San Pedro Sula, en el Departamento de Cortés, con los caseríos de CAMPO
2, CAMPO LIMONES, CAMPO JUAN CURVA, CAMPO SANTA ROSA, CAMPO EL ZAPOTE, CAMPO GUARUMA 1, CAMPO LAS MERCEDES, CAMPO COLOMBIA, CAMPO LAUREL, CAMPO CAIMITO, LA BOLSA, COLONIA SAN CRISTÓBAL, GUARUMITA, COROZALES, HACIENDA, AGUA PRIETA Y CEIBITA, teniendo como cabecera cera la Población Urbana constituida hasta ahora como La Villa de La Lima.
3. Para la fijación de los límites definitivos del nuevo municipio, la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, destacará al Departamento de Ingeniería de dicho Ministerio, para que realicen la demarcación correspondiente.
4. Para la integración de la Corporación Municipal, la Honorable Asamblea Nacional Constituyente determinará lo procedente.
5. El presente acuerdo entrará en vigencia el quince de diciembre próximo y deberá ser publicado en el Diario Oficial "La Gaceta".
NOTIFÍQUESE, General de División Policarpo Paz García, Presidente. 📜✍
El Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, Abogado Oscar Mejía Arellano".
ACUERDO No.119. Tegucigalpa D.C., 25 de febrero de 1983.
El Presidente de la República, en uso de las facultades de que está investido, ✍
ACUERDA: Reformar el numeral 1 (uno) del acuerdo No. 1073-A de 13 de noviembre de 1981, el cual se leerá, así:
1.) Crear el municipio de La Lima, antes perteneciente al municipio de San Pedro Sula, en el Departamento de Cortés, con las aldeas y caseríos, de Campo
2, Campo Limones, Campo Juan Curva, Campo Santa Rosa, Campo el Zapote, Campo Guaruma 1, Campo Las Mercedes, Campo Colombia, Campo Laurel, Campo Caimito, La Bolsa, Colonia San Cristóbal, Guarumita, Corozales, Hacienda Agua Prieta, Ceibita, Lupo, Copén„ San Juan de Tacamiche, Indiana, El Paraíso, Flores de Oriente, Cruz de Valencia y Mopala, teniendo como cabecera la población urbana constituida hasta ahora como La Villa de La Lima; estando comprendido dicho municipio en los siguientes límites: los que anteriormente correspondían al municipio de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, en la Zona que se extiende desde el campo Colombia hasta la Finca Lupo y que han representado sus límites jurisdiccionales con los siguientes municipios: Villanueva, San Manuel y Choloma del Departamento de Cortés y El Progreso del Departamento de Yoro.
Así como los límites que determinan en su consistencia con San Pedro Sula, los siguientes lugares : Campo Colombia, Colonia San Cristóbal, Hacienda Agua Prieta y La Lima, excluyendo el área ocupada por el aeropuerto Ramón Villeda Morales y ubicada en Campo La Mesa, que corresponde a la jurisdicción de San Pedro Sula. Aún bordeando San Pedro Sula, el río Chamelecón también constituirá una frontera, con su curso aguas abajo, desde su interceptación con los límites de La Lima hasta la interceptación de los límites de Lupo".
COMUNÍQUESE: Dr. Roberto Suazo Córdova.
El Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, Abogado Oscar Mejía Arellano.
DECRETO 162-83. El Congreso Nacional, Considerando: que la Comunidad de la Villa de La Lima, en el departamento de Cortés, por su enorme vitalidad y dinamismo ha crecido en forma acelerada, alcanzando niveles de primer orden, tanto en su situación económica como geográfica.
Considerando: Que como consecuencia de la reciente creación del Municipio de La Lima, la Villa de La Lima, fue elevada a la categoría de Cabecera Municipal.
Considerando: que la Villa de La Lima cuenta con una población aproximada de 15,000 habitantes, 4,500 viviendas, tres colegios de Segunda Enseñanza, varias Escuelas Primarias, Mercado Municipal, bulevares y calles pavimentadas, proximidad al Aeropuerto Internacional "Doctor Villeda Morales", que posee además, varios establecimientos comerciales e industriales, centros de recreación y en adición, ostenta la sede del Sindicato de Trabajadores de la Tela Railroad Company (SITRATERCO) y es orgullosamente la cuna del Sindicalismo libre y Democrático de nuestro país,
POR TANTO, DECRETA:
Art. lo. Elevar a la categoría de ciudad a la Villa de La Lima, en el departamento de Cortés. Art.
2o. El presente Decreto empezará a regir después de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa D.C., en el salón de sesiones del Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y tres,
José Efraín Bu Girón, Presidente.
SITUACIÓN: Ubicada en el importante Valle de Sula y a la margen derecha del río Chamelecón.
LIMITES: Al Norte, municipios de Choloma, y San Pedro Sula; al Sur, Municipios Villanueva y San Manuel; al Este, Municipio de El Progreso y al Oeste, municipio San Pedro Sula.
ORIGEN DE SU NOMBRE: Le dieron este nombre por la abundancia de árboles de lima.
EXTENSIÓN TERRITORIAL: 116 Km2
FERIA PATRONAL: El 30 de agosto, día de Santa Rosa de Lima.
ALDEAS: 26
CASERÍOS: 76
POBLACIÓN: 53.492