"Municipio de Las Lajas, Departamento de Comayagua 0320 CONSIDERANDO: Que se libró comunicación a la Corporación Municipal de Ojos de Agua a la Gobernación Política del departamento de Comayagua, a la Dirección General de Estadísticas y a la Dirección de Asistencia Técnica Municipal, de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, pidiéndoles su opinión sobre la solicitud de creación del Municipio de Las Lajas.
Población actual: 8.555 habitantes.
Al tratarse de un municipio de nueva creación, sólo se copia el acuerdo correspondiente:
ACUERDO No. 1015-86-Tegucigalpa, D.C., 24 de noviembre de 1986,
Presidencia de la República de VISTA: Para dar solución a la solicitud de Gonzalo A. Pozas N., mayoritario, casado y diplomado en ciencias jurídicas y sociales, al Colegio de Abogados de Honduras Nº 1001, en su calidad de representante del comité municipal de Las Lajas, departamento de Comayagua, ha suscrito un acuerdo para elevar el pueblo de Las Lajas a la categoría de municipio.
RESULTADO: El 9 de octubre de este año, D. Gonzalo Pozas N., en su calidad de representante autorizado de la Comisión Provincial de Las Lajas, Comayagua, presentó una solicitud solicitando que la villa de Las Lajas fuera clasificada como municipio, junto con la documentación correspondiente.
CONSIDERANDO que la Sociedad Hidrológica Municipal ha sido informada del Gobernador Político del Departamento de Comayagua, de la Dirección General de Estadística y de la Dirección de Asistencia Técnica Municipal de la Secretaría de Estado en las Oficinas del Interior y de Justicia, y que han solicitado su opinión sobre la solicitud de establecimiento de la Municipalidad de Las Lajas
CONSIDERANDO que la Procuraduría General de la República ha sido informada para poder emitir una opinión en nombre del Estado de Honduras sobre la solicitud de establecimiento del municipio de Las Lajas
CONSIDERANDO que el artículo 3 de la Ley de Municipalidades y Régimen Político exige una población que sea cabeza de municipio, con al menos mil habitantes; un territorio proporcional a la población del municipio y que disponga de medios de subsistencia suficientes.
CONSIDERANDO que el artículo 2 de dicha Ley de Municipalidades y Régimen Político, corresponde al poder ejecutivo, el establecimiento, supresión, anexión y distribución de los municipios.
CONSIDERANDO que el pueblo de Las Lajas cumple con todos los requisitos de la ley.
POR LO TANTO, el Presidente de la República, en el marco de las facultades que le son conferidas y en aplicación de los artículos 2 y 3 del Acuerdo Municipal y Político y del punto 11 de la Constitución de la República. DISPOSICIONES: 1o. crear el municipio de Las Lajas, que formaba parte del municipio de Ojos de Agua, en el departamento de Comayagua, con las aldeas de:
y Los Caseríos de:
Con el jefe de la población urbana formada hasta ahora como el pueblo Las Lajas.
El Ministro del Interior y Relaciones del Reino, a través del servicio técnico del Ministro, determina y determina las fronteras finales del municipio de Las Lajas. Con miras a la integración de la administración municipal del municipio de Las Lajas, el Ministro de Relaciones Exteriores de las Oficinas de Administración y Justicia, de conformidad con el artículo 191 de la Ley de Organizaciones Electorales y Organizaciones Políticas, proporcionará el acuerdo de aplicación pertinente.
El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea "La Gaceta".
Comunicarse. José Simón Azcona Hoyo. Presidente.
El secretario de Estado de Interior y Justicia, Raúl Elvir Colindres.